Participación Ciudadana
2020
Publicado 18 de Junio
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Participación Ciudadana en Salud (Ministerio de Salud)
La política sectorial para la Participación Ciudadana en Salud tiene por antecedente la Agenda Pro Participación Ciudadana, dada a conocer el 29 de Septiembre del 2006 por la Presidenta Michelle Bachelet en su primer mandato, cuyos ejes programáticos fueron:
° Derecho Ciudadano a la Información Pública
° Gestión Pública Participativa
° Fortalecimiento de la Sociedad Civil
° No Discriminación y Respeto a la diversidad.
Es casi como se busca que el que el Ministerio de Salud fortalezca la generación de condiciones institucionales, establezca procedimientos y aplique instrumentos programáticos orientados a incorporar la participación ciudadana en la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas. El objeto es institucionalizar prácticas reguladores de inclusión de la ciudadanía.
La resolución exenta Nro. 19 del 13 de Enero de 2009 tiene como objetivo la coordinación del sector para dar cumplimiento al instructivo Presidencial N°008 del 27 de Agosto del 2008 que mandata la creación del Comité de Trabajo Sectorial de Participación Ciudadana en Salud; cuyas tareas serán coordinar, dirigir, monitorear y evaluar el proceso de implementación en ambas Subsecretarias y en los organismos autónomos.
Con fecha 2 de Abril de 2009 el Ministerio de Salud estableció una norma general de participación ciudadana (Resolución Exenta Nro. 168). Este oficio plantea que se debe aplicar también en el Fondo Nacional de Salud, la Superintendencia de Salud, Central de Abastecimiento e Instituto de Salud Pública.
Posteriormente, la Ley Nro. 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la gestión pública, institucionaliza la Participación Ciudadana en el País, cuya misión establecida por Ley es, “Fomentar la participación ciudadana para promover una cultura de corresponsabilidad, fortaleciendo los espacios de comunicación entre el gobierno y la ciudadanía, aumentando la transparencia, eficacia, eficiencia y efectividad de las políticas públicas”.
La importancia de este instrumento legal radica en que taza y organiza los principales lineamientos gubernamentales en la temática y compromete a los órganos de la Administración del Estado a implementar acciones en materia de participación ciudadana, en un ambiente de corresponsabilidad, entendida como la relación de compromiso mutuo que se establece entre el Estado y la ciudadanía, para avanzar en pos de mejoramiento de los servicios que este entrega a la ciudadanía.
Objetivos del Gobierno
La participación Ciudadana en salud es un elemento fundamental para el desarrollo de la promoción y de la educación de la salud. En la práctica se puede entender como un proceso en el que intervienen los servicios públicos, instituciones y la comunidad en un sentido más operativo, como una modalidad de actuación u un instrumento para abordar diferentes problemáticas.
El derecho a participar en salud supone que la población debe lograr mayor autonomía y responsabilidad en la gestión social. La aplicación de este concepto supone dotar a la sociedad d los elementos necesarios para ejercer su poder de decisión y capacidad de control.
Bajo el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera la participación social ha sido el eje fundamental para seguir con los lineamientos planteados, la aplicación específica de los derechos a la publicidad de la información pública; la igualdad para participar en la vida nacional; la libertad de opinión y el derecho de petición, en los términos de la ley de Transparencia Nro. 20.285 y del artículo 8°, 19° Nro. 12 y 14, de la Constitución Política. A su vez, cobra real importancia la Ley Nro. 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.
Objetivos del Gobierno en la Participación Social
° Fortalecer las organizaciones de la sociedad civil promoviendo una cultura de la corresponsabilidad.
° Promover y orientar las acciones de participación ciudadana hacia el mejoramiento de la eficacia, eficiencia y efectividad del funcionamiento de cada establecimiento de salud.
° Mejorar y fortalecer los canales y espacios de información y opinión de la ciudadanía.
° Promover el control ciudadano de las acciones desarrolladas por cada uno de los funcionarios de nuestra red de salud.
Mecanismos de Participación Ciudadana
° Acceso a la Información Relevante: poner en conocimiento público información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible. Dicha información se publicará en medios electrónicos u otros.
° Cuenta Pública Participativa: entregar anualmente una cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su ejecución presupuestaria, la cual puede ser entregada de manera presencial o virtual.
° Consultas Ciudadanas: señalar aquellas materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opinión de las personal y sobre estos temas efectuar consultas ciudadanas de manera informada, pluralista y representativa.
° Consejos de la Sociedad Civil: establecer Concejos de la Sociedad Civil, de carácter consultivo, que estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con el tema del órgano público que lo convoca.
Documentos de Interés
- Instructivo Presidencial N°007
- Normas
- RESOLUCION 168_09
- Ord. B10 Nº 1411- Actualiza indicaciones respecto de emisión de Licencias Médicas (subsecretaria)
- Consejo de la Sociedad Civil (COSOC)
- Cuenta Pública 2017 Servicio de Salud Iquique
- Información, Temas y Varios
- Ley Nro. 20.285
- Ley Nro. 20.500
- CIRA
- Referentes de los Consejos Consultivos – C.D.L – COSOC
- Referentes de la Red Asistencial
- Inversión
- OIRS